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Publicado por CONSENSO DELICIAS

Las listas del SAT; Por Carmen Aristegui

 
Fuerte polémica se ha desatado en torno a la aplicación de las reformas que se hicieron al Código Fiscal de la Federación, en sus artículos 69 y 69B, a fines del año pasado, que permiten u obligan al SAT a revelar datos de contribuyentes que estén en falta, según los supuestos que contiene ahora la ley.

El SAT tiene ahora el mandato para dar a conocer: nombre, denominación o razón social del deudor, RFC y causa por la que se considera incumplido al contribuyente.

Que la identidad de un contribuyente –identificado como incumplido por la propia autoridad– se haga pública, acarrea algo más que molestia.

La ley contempla los siguientes supuestos para datos de contribuyentes sean publicados:

Estar inscrito en el RFC pero, no localizado; tener créditos fiscales firmes; tener créditos exigibles no pagados o garantizados; tener sentencia condenatoria ejecutoria por la comisión de un delito fiscal; tener algún crédito fiscal cancelado; tener algún crédito fiscal condonado; que tengan una personalidad fiscal, pero no tengan infraestructura que ampare su actividad.

Hasta ahora, ha calado lo publicado por el SAT, pero ha calado mucho más lo no publicado.

El 1o. de enero se dio a conocer la primera lista de contribuyentes que caen en el supuesto de los “No localizados”.

Figuras como Susana Zabaleta, Yunes, Carbonell y Woldenberg salieron –de inmediato– a exponer su inconformidad por aparecer ahí. Expusieron todos ellos que son contribuyentes cumplidos y que no hay razón para ser exhibidos de esa manera.

La parte más delicada de lo que está pasando radica en la decisión de no publicar los mismos datos pero de quienes se encuentran en otros supuestos de la ley: los que tengan créditos cancelados y/o condonados.

El alegato de la no retroactividad, para no darlos a conocer, se derrumba al sí haber publicado la lista de los no localizados –que cayeron en esta condición antes de entrar en vigencia la reforma– pero no se publican los nombres de quienes –también antes de misma– fueron beneficiados por créditos cancelados o condonados, como lo ha explicado puntualmente la procuradora del Contribuyente, Diana Bernal. La doble vara que ha utilizado para aplicar la nueva norma y con ello evitar las revelaciones verdaderamente esperadas, está dejado mal parado al SAT, cuyo titular se ha esmerado en presentarse, con éxito hasta ahora, como un funcionario riguroso, firme y escrupuloso. El joven funcionario, Aristóteles Núñez, pierde terreno al defender esa aplicación diferenciada de la norma, según el supuesto del que se trate. Se hace retroactiva para lo que menos importa, y sólo aplicable a partir de este año para lo realmente importaba saber.

La retroactividad vale para saber a quién no encontraron, pero no si de lo que se trata es de aquellos a quienes se les ha condonado o cancelado algún crédito fiscal.

El resultado no puede ser más frustrante. Se revela información inocua, por no decir irrelevante, que lo único que ha causado, hasta ahora, son molestias de las personas exhibidas, pero nada de nada sobre los que están en los supuestos 5 y 6.

¿A quién demonios le importa si se encontró o no a alguien en su domicilio, si lo único que se demuestra es eso?

Será relevante, eso sí, cuando se dé a conocer –como se ha dicho que se hará hoy– la lista de quienes, teniendo identidad fiscal, no demuestran actividad real que la ampare. Se verá el tamaño del problema de las facturas con registro legal, pero que no están amparadas por una actividad económica real.

La reforma es trascendente y no hubiera sido posible sin la batalla de ciudadanos, ONG, como Fundar y, destacadamente, el IFAI para acceder a informaciones que son de interés público, pero corre el peligro de no cumplir con uno de los motivos por lo cual fue impulsada: conocer sobre los beneficiarios de cancelaciones y condonaciones que por cantidades multimillonarias se han hecho desde el fisco en los últimos años, y que han generado enormes suspicacias, como aquella bolsa por más de 70 mil millones de pesos de créditos cancelados que se hizo a petición del Congreso o la identidad de los que se acogieron a algún programa de condonación, como lo hizo, en su momento, Televisa, dejando de pagar 3 mil millones de pesos, según reportó ella misma a la Bolsa.

Si la autoridad del SAT no modifica su criterio de interpretación a la ley –como lo solicita la procuradora del Contribuyente, Diana Bernal– y mantiene su medida con doble vara sobre lo sucedido antes de 2014, la reforma que había generado una gran expectativa, podría terminar en un fiasco. O casi.

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